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Personal Docente Investigador, Retribuciones y Seguridad Social
 
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Permisos y vacaciones

 
     
 
 
 

Viñeta verde Permisos para participar como miembros de las comisiones que han de juzgar con concursos para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios o de tribunales de tesis doctorales en otras universidades.

 

El permiso está reconocido en la Comisión de Servicio que con carácter general fue concedida en esta Universidad por Resoluciones Rectorales 209/95 y 210/95 de fecha 26 de mayo de 1995. 

La Sección de Personal Docente e Investigador comunicará en oficio el nombramiento del profesor al Director del Departamento para que éste tenga conocimiento y se entregue al interesado. 

El interesado a efectos de la organización docente del Departamento, cumplimentará el impreso adjunto (modelo per.doc 1) en el que comunicará las fechas en las que estará ausente para asistir a las sesiones de la Comisión o Tribunal para el que fue nombrado y lo presentará en la Secretaría del Departamento.  

El Departamento remitirá a la Sección de Personal Docente una copia del impreso, para la anotación y archivo correspondiente.

Viñeta verde Permisos para asistencias a reuniones científicas (Congresos, Seminarios, Cursos, Conferencias, etc.) y Licencias por Estudios para realizar una estancia en otra Universidad o Instituto, inferior a un mes.

El interesado realizará la solicitud de permiso en el impreso que se adjunta (modelo per.doc 2), presentándolo en la Secretaría del Departamento.

El Director del Departamento remitirá el impreso debidamente informado al Decanato o a la Dirección del Centro.

El Decano o Director del Centro, manifestará su conformidad en el mismo impreso.

La autorización del Rector se entenderá concedida cuando el impreso se encuentre cumplimentado en los términos descritos anteriormente.

Una vez conformado el permiso, el Centro remitirá el impreso al Departamento correspondiente para su entrega al interesado. Al mismo tiempo archivará una copia del impreso y remitirá otra copia a la Sección de Personal Docente e Investigador que realizará las anotaciones correspondientes en el expediente del interesado.

Si el Director del Departamento o el Decano o Director del Centro informan desfavorablemente o no dan la conformidad  a la solicitud de permiso, el Centro lo tramitará al Rectorado para que adopte la resolución que proceda.

 

Viñeta verde Licencia por estudios e investigación para realizar una estancia en otra Universidad, superior a un mes e inferior a tres meses.

El interesado realizará la solicitud de permiso en el impreso que se adjunta (modelo per.doc 4), presentándolo en la Secretaría del Departamento.

El Director del Departamento remitirá el impreso debidamente informado al Decano o a la Dirección del Centro

El Decano o Director del Centro, manifestará su conformidad en el mismo impreso, que remitirá al Vicerrector Primero y de Profesorado para su concesión.

Una vez concedido el permiso por parte del Servicio de P.D.I., Retribuciones y Seguridad Social se remitirá el impreso al Departamento correspondiente para su entrega al interesado.

 

Viñeta verde Otros permisos

 

Viñeta naranja Vacaciones Anuales: 

La Mesa General de Negociación en su sesión de 28 de septiembre de 2015 ha aprobado la aplicación en la UC de lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, relativos a la recuperación de los días adicionales de vacaciones y de permisos por asuntos propios en las mismas condiciones que se han establecido para los funcionarios de la Administración General del Estado (Resolución de 16 de septiembre de 2015).

 

Las vacaciones anuales serán de veintidós días hábiles por año completo de servicio o la parte proporcional al tiempo de servicios efectivos prestados.

 

Las vacaciones se disfrutarán de forma obligatoria dentro del año natural y hasta el treinta y uno de enero del año siguiente.

 

En el caso de que se hubiere completado los años de antigüedad en la Administración reflejados a continuación se tendrá derecho al disfrute de los siguientes días de vacaciones anuales:

 

Quince años de servicio: Veintitrés días hábiles

Veinte años de servicio: Veinticuatro días hábiles

Veinticinco años de servicio: Veinticinco días hábiles

Treinta o más años de servicio: Veintiséis días hábiles

 

Este derecho se hará efectivo a partir del día siguiente al del cumplimiento de la antigüedad requerida.

 

Los periodos mínimos solicitados no serán inferiores a cinco días hábiles consecutivos. A estos efectos los sábados no serán considerados como días hábiles, salvo que el trabajador tenga asignado un horario especial en que se establezca lo contario.

 

Se podrá disfrutar de hasta un máximo de cinco días hábiles de vacaciones de forma independiente. Se pueden añadir a los días por asuntos particulares y a los días adicionales.

 

Los días adicionales de vacaciones correspondientes al año 2015 pueden disfrutarse de forma independiente. 


Viñeta naranja 
Asuntos particulares (moscosos): El PDI tiene derecho a disfrutar hasta seis días hábiles de permiso por asuntos particulares.

 

El número de días de permiso por asuntos particulares es proporcional al de servicios efectivos prestados durante el año.

 

Asimismo el PDI podrá disfrutar de un día adicional de permiso como compensación por las festividades de ámbito nacional y local.

 

Se tendrá derecho al disfrute de dos días adiciones a los de asuntos particulares (y al día adicional como compensación por las festividades de ámbito nacional y local año 2015) cuando se cumpla el sexto trienio, incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del octavo. El derecho a su disfrute nace a partir del día siguiente del cumplimiento del trienio.

 

Los días de permiso por asuntos particulares y los días adicionales de vacaciones anuales 2015, pueden acumularse a los días de vacaciones que se disfruten de forma independiente.

 

Estos días hábiles se pueden disfrutar hasta el 31 de enero de 2016.

Viñeta naranja Nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, y por el fallecimiento, accidente o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad: Tres días hábiles si se produce en la misma localidad o cinco hábiles si es en distinta localidad. 

Viñeta naranja Fallecimiento, accidente  o enfermedad grave de un familiar dentro del primer grado de consanguinidad o afinidad: Tres días si se produce en la misma localidad o cinco si es en distinta localidad.

 

Viñeta naranja Fallecimiento, accidente  o enfermedad grave de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad: Dos días si se produce en la misma localidad o cuatro si es en distinta localidad.

 

Viñeta naranja Maternidad o adopción: Dieciséis semanas ininterrumpidas, en caso de parto múltiple ampliables a dieciocho, y de las cuales obligatoriamente seis semanas serán inmediatamente posteriores al parto (modelo  per.doc 5.1).

 

Viñeta naranja Cuidado de hijo menor de doce meses: Una hora diaria o media hora al comienzo o final de la jornada (modelo  per.doc 5.1).

Viñeta naranja Matrimonio: Quince días naturales.

Viñeta naranja Cumplimiento deber inexcusable de carácter público o personal y por deberes relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral: El tiempo indispensable.

Se entiende por deber inexcusable la obligación personal, intransferible, ineludible e inaplazable que incumbe a una persona cuyo incumplimiento le genera responsabilidad de índole civil, penal u administrativa

Dentro del mismo concepto deben incluirse también los deberes de carácter cívico como la participación en procesos electorales y el ejercicio del derecho del sufragio.

Viñeta naranja Para concurrir a pruebas definitivas de aptitud y evaluación en centros oficiales: Durante los días de su celebración.

Viñeta naranja Asuntos propios (sin retribución): Su duración acumulada no podrá exceder de tres meses cada dos años 

Viñeta naranja Traslado de domicilio sin cambio de residencia:  Un día.

El interesado realizará la solicitud de permiso en los impresos que se adjuntan (modelo per.doc 5 ), presentándolo en la Secretaría del Departamento.

El Director del Departamento remitirá el impreso debidamente informado al Decanato o a la Dirección del Centro.

El Decano o Director del Centro, manifestará su conformidad en el mismo impreso.

La autorización del Rector se entenderá concedida cuando el impreso se encuentre cumplimentado en los términos descritos anteriormente.

Una vez conformado el permiso, el Centro remitirá el impreso al Departamento correspondiente para su entrega al interesado. Al mismo tiempo archivará una copia del impreso y remitirá otra copia a la Sección de Personal Docente e Investigador que realizará las anotaciones correspondientes en el expediente del interesado.

Si el Director del Departamento o el Decano o Director del Centro informan desfavorablemente o no dan la conformidad  a la solicitud de permiso, el Centro lo tramitará al Rectorado para que adopte la resolución que proceda.